El TJUE interpreta autónomamente la firmeza de resoluciones sancionadoras nacionales

06/08/2025

Una multa administrativa que activa garantías penales

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia relevante en el asunto C-544/23 | BAJI Trans, con la que clarifica el alcance del principio de aplicación retroactiva de la ley penal más favorable, previsto en el artículo 49.1 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. El fallo establece que dicho principio también se aplica a sanciones administrativas que, pese a su calificación nacional, deben considerarse de naturaleza penal conforme al Derecho de la Unión.

La resolución responde a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo de Eslovaquia, a raíz de un litigio entre un conductor y la empresa BAJI Trans. El conductor había sido sancionado en 2015 por no realizar la inspección obligatoria del tacógrafo de su hormigonera, una obligación derivada del Derecho de la Unión en su transposición al Derecho eslovaco. Tras la sanción, la normativa europea fue modificada, permitiendo a los Estados miembros eximir a ciertos vehículos de dicha obligación, lo que Eslovaquia adoptó en 2020.

Un cambio legislativo que transforma la ilicitud del hecho

Con la entrada en vigor de esta exención, los hechos cometidos en 2015 dejaron de ser sancionables. Los recurrentes argumentaron que, en virtud del principio de retroactividad penal favorable, la sanción debía ser anulada, ya que la conducta ya no constituía infracción. El procedimiento seguía pendiente ante el Tribunal Supremo eslovaco, lo que abría la posibilidad de aplicar la nueva normativa.

El concepto de sanción penal en el marco europeo

El TJUE reafirma que la naturaleza penal de una sanción no depende exclusivamente de su denominación nacional, sino también de su objeto y severidad. Este criterio, ya consolidado en su jurisprudencia, permite garantizar que los derechos fundamentales se apliquen de forma uniforme en todos los Estados miembros. En este caso, el TJUE considera que una multa como la impuesta puede tener carácter penal, al tratarse de una medida con fines punitivos y disuasorios.

Firmeza judicial y acceso al recurso: claves para aplicar la retroactividad

Otro aspecto clave que analiza la sentencia es el momento procesal en el que aún puede aplicarse la ley penal más favorable. El TJUE sostiene que el principio sigue vigente mientras no exista una resolución firme. Y aclara que la firmeza no se determina únicamente conforme al Derecho nacional: si cabe un recurso ordinario —como el recurso de casación eslovaco—, la resolución aún no puede considerarse definitiva, debiendo aplicarse la ley más beneficiosa.

Efecto directo para los tribunales nacionales

Con este pronunciamiento, el TJUE obliga a los órganos jurisdiccionales nacionales a aplicar de oficio la norma más favorable cuando la sanción derive de la aplicación del Derecho de la Unión. Este principio resulta aplicable incluso si la normativa ha cambiado tras dictarse la resolución que se impugna.