Policía de paisano logra compensación por vestuario en TSJ Murcia

10/09/2025

TSJ Murcia reconoce compensación por vestuario

Contexto del litigio

La Sentencia 386/2025, dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, estima el recurso presentado por un funcionario del Cuerpo Nacional de Policía frente a la desestimación presunta de la Dirección General de la Policía. El objeto del pleito se centraba en el reconocimiento del derecho a percibir la indemnización por vestuario, al haber prestado servicio sin uniforme en un destino de carácter obligatorio, lo que generaba gastos personales en la adquisición de ropa civil.

Fundamentos jurídicos y allanamiento

Durante el proceso, la Abogacía del Estado manifestó su allanamiento, reconociendo la pretensión del recurrente. Este gesto procesal se apoyó en la doctrina consolidada por el Tribunal Supremo en la Sentencia 1166/2021, de 24 de septiembre, en la que se declaró que los agentes eximidos del uso de uniforme por razones reglamentarias tienen derecho a la compensación económica prevista para quienes desarrollan funciones en protección dinámica. Esta doctrina se fundamenta en los principios de igualdad y de compensación por gastos inherentes al servicio, en conexión con los artículos 14 y 103 de la Constitución y con la normativa estatutaria policial.

Reconocimiento económico y límites de la prescripción

La resolución del TSJ reconoce expresamente el derecho del funcionario a percibir 498 euros anuales desde 2018, con los intereses legales correspondientes. No obstante, la Sala acota los efectos a los cuatro años anteriores a la reclamación administrativa, aplicando el artículo 25 de la Ley 47/2003, General Presupuestaria, en relación con el instituto de la prescripción de derechos económicos frente a la Administración. Así, se excluyen cantidades anteriores y no se condena respecto de ejercicios futuros, aunque se declara que el derecho subsiste mientras no concurran causas de extinción.

Proyección del derecho reconocido

El fallo subraya que la declaración tiene eficacia continuada: el funcionario no deberá reclamar anualmente, salvo que se produzca una alteración en su estatus jurídico, como pérdida de la condición de funcionario o cambio de destino que implique el uso obligatorio del uniforme.