El Tribunal Supremo rechaza recurso y descarta abuso de posición dominante

15/09/2025

El Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, ha desestimado un recurso de revisión planteado contra una sentencia firme que ratificaba liquidaciones y sanciones de la Agencia Tributaria por IVA de los ejercicios 2010 y 2011. En su resolución, el Alto Tribunal recuerda que este recurso es excepcional y limita su alcance a supuestos muy concretos. Además, rechaza de forma expresa la existencia de abuso de posición dominante por parte de la Administración.

Sanciones tributarias por facturación falsa

La AEAT sancionó a la empresa recurrente por deducir cuotas de IVA soportado mediante facturas que no acreditaban operaciones reales. El Tribunal Supremo avaló esta decisión al entender que hubo culpabilidad en el uso de facturación simulada y que la actuación administrativa estuvo ajustada a la legalidad.

Recurso de revisión: un cauce extraordinario

El recurso de revisión no equivale a una segunda instancia. Solo procede en dos casos: cuando aparecen documentos recobrados con valor decisivo o cuando se demuestra la existencia de una maquinación fraudulenta en el procedimiento inicial.

En este caso, la sociedad presentó nuevas facturas, pero el Supremo concluyó que:

  • No se acreditó por qué no se aportaron en el momento oportuno.
  • No tenían carácter decisivo, ya que uno de los proveedores estaba condenado penalmente por falsedad y delitos fiscales.
  • Las aparentes contradicciones con resoluciones posteriores se debieron a errores administrativos y no a las pruebas invocadas.

Abuso de posición dominante: argumento desestimado

La empresa alegó que la Agencia Tributaria había incurrido en abuso de posición dominante, actuando de manera arbitraria y limitando su derecho de defensa. Sin embargo, el Tribunal Supremo desechó este razonamiento al no existir prueba alguna de fraude procesal ni de maniobras dolosas.

Para que exista abuso de posición dominante en materia tributaria, es necesario acreditar un ejercicio arbitrario del poder público con intención de perjudicar al contribuyente. El Supremo señaló que en este caso la AEAT actuó conforme a la normativa y sin extralimitaciones, por lo que no puede hablarse de abuso de posición dominante.

Fallo del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo desestimó íntegramente el recurso, impuso las costas procesales a la parte recurrente con un límite de 3.000 euros más IVA y confirmó la pérdida del depósito constituido. Con ello, se confirma la validez de las sanciones y se descarta de forma definitiva que existiera abuso de posición dominante por parte de la Administración tributaria.