Conservación de datos biométricos en la Unión Europea: límites y condiciones

21/11/2025

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha avalado que las autoridades policiales conserven datos biométricos y genéticos de personas investigadas penalmente, sin necesidad de fijar un período máximo de conservación. Eso sí, exige que existan controles periódicos que garanticen la necesidad real de seguir almacenando dicha información sensible.

Recogida de datos biométricos a un funcionario checo

Durante una investigación penal por abuso de poder, la Policía checa ordenó la recogida de datos biométricos de un funcionario público: huellas dactilares, fotografías, una descripción física y una muestra de saliva para crear su perfil genético. Esta información fue incorporada a bases de datos policiales, a pesar de la oposición del afectado.

El funcionario fue condenado en 2017, pero inició un procedimiento separado para impugnar la legalidad de la toma y conservación de sus datos biométricos, alegando una intromisión ilegítima en su vida privada. Un juez le dio la razón y ordenó eliminar sus datos, pero la Policía recurrió la decisión ante el Tribunal Supremo, que elevó la cuestión al TJUE.

Recogida de datos biométricos de sospechosos sin distinción

El TJUE ha dictaminado que el Derecho de la Unión no se opone a una legislación nacional que autorice la recogida de datos biométricos de cualquier persona sospechosa o acusada de un delito doloso. Para ello, deben cumplirse dos requisitos esenciales:

  • Que los fines perseguidos no requieran distinguir entre acusados y sospechosos.
  • Que se respeten todos los principios del tratamiento de datos sensibles establecidos en la Directiva (UE) 2016/680.

Además, el concepto de "Derecho del Estado miembro" incluye tanto las normas legales como la jurisprudencia nacional, si esta es accesible, clara y previsible.

Conservación de datos biométricos sin límite temporal

El Tribunal también considera conforme al Derecho de la Unión una normativa que permita conservar datos biométricos sin establecer un plazo máximo, siempre que:

  • Se fijen plazos adecuados de revisión periódica.
  • En cada revisión se evalúe si sigue siendo estrictamente necesario conservar dichos datos.

Este enfoque permite mantener datos biométricos en los archivos policiales mientras exista una justificación válida, con un mecanismo de control que prevenga abusos o excesos.

Los datos biométricos pueden conservarse legalmente si hay revisión periódica

La sentencia del TJUE confirma que los Estados miembros pueden conservar datos biométricos sin un límite temporal fijo, siempre que se respeten los principios de necesidad, proporcionalidad y revisión. Esta doctrina ofrece seguridad jurídica a las fuerzas policiales y refuerza la protección de derechos fundamentales, al exigir control periódico y motivado sobre el uso de estos datos sensibles.